La bancarrota capítulo 7 es básica y directa. La personas que presentan una bancarrota capítulo 7 desean una nueva oportunidad para comenzar de nuevo económicamente. De esta forma se les provee el alivio de deudas de tarjetas de crédito, cuentas hospitalarias o doctores y cualquier otra adjudicación judicial civil, como prestamos personales y otras deudas no aseguradas, (prestamos sin colaterales). En la mayoría de los casos el Capítulo 7 elimina estos tipos de deudas.
Una bancarrota capítulo 7 es usualmente un proceso rápido y frecuentemente se completa en tres o cuatro meses. Muchas personas que se declaran en bancarrota mediante el Capítulo 7 pueden mantener sus propiedades. Esto se logra usando la concesión sobre la propiedad establecida por los estatutos del Estado de la Florida.
Sin embargo, bancarrota capítulo 7 también es conocida como “liquidación directa”. Si la propiedad no se haya exenta por el capítulo 7, el “trustee” o fidei-comisario (la persona designada por la corte para administrar el caso) puede vender o liquidar la propiedad para de esa forma pagarle a los acreedores. Por lo tanto, no es poco común que las personas tengan que entregar su propiedad al fidei-comisario de una bancarrota capítulo 7 como resultado de una mala planificación. Pero muchas personas que poseen una propiedad que no esta exenta o que su valor es mayor de la cantidad protegida por la excepción aun pueden mantener su propiedad bajo el capítulo 7. Esto se logra con una buena planificación antes de presentar la solicitud de bancarrota y mediante la negociación de un acuerdo de “re-adquisición” con el fidei-comisario durante el proceso de bancarrota.
Para muchas personas, presentar una bancarrota capítulo 7, es preferible a la bancarrota capítulo 13, ya que frecuentemente es mas rápida y menos costosa, esto depende del capital que la persona desee mantener, como por ejemplo un automóvil con un alto valor que ya esté pagado. Por este aspecto del capítulo 7 es complicado y puede tener serias consecuencias, es importante tener de su parte un abogado experimentado. El abogado de bancarrota Louis Hernandez ha negociado cientos de casos bajo el capítulo 7 con fidei-comisarios de Miami y Ft.Lauderdale durante los años que ha trabajado para las firmas de mayor volumen en el área, está familiarizado con este proceso y tiene completo dominio de una bancarrota capítulo 7, lo cual es de un valor incalculable para cualquier persona considerando presentar una bancarrota capítulo 7 en Miami-Dade o el área de Ft. Lauderdale.